¡Los cacharon! Cooperativa Tamiahua intentó burlar sentencia federal y fue exhibida

Cooperativa Tamiahua incurrió en simulación procesal para evadir sentencia; juzgado ordena restitución inmediata

TAMIAHUA, VER.— La Sociedad Cooperativa de Producción Pesquera Tamiahua quedó legalmente exhibida al intentar burlar la sentencia federal que la obliga a restituir como socios a Albertico Rivera del Ángel, Ángel Rivera del Ángel y Genaro Rivera Vite. El Juzgado Octavo de Distrito dejó claro que la cooperativa fue la parte vencida en juicio y debe acatar la ley sin subterfugios. En la sentencia del Juicio Ordinario Mercantil 30/2022 se establece que los demandantes acreditaron su derecho y que la cooperativa no demostró defensa válida alguna frente a su exclusión irregular. Pese a ello, la cooperativa intentó lo que jurídicamente se considera una maniobra evasiva: convocó a una asamblea para cumplir formalmente con la restitución de los socios, pero en el mismo acto intentó someter nuevamente su expulsión a votación, reproduciendo el mismo acto ilegal que originó la demanda. El juzgado fue categórico: no es factible tener por cumplida la sentencia mientras la cooperativa intente mecanismos alternos para excluir nuevamente a los socios. La restitución es “cosa juzgada” y no puede ser objeto de debate o aprobación entre los demás miembros. Con ello, el tribunal desmantela cualquier pretensión de simulación de cumplimiento y exige acatamiento real, no aparente. Además, la jueza ordenó que la cooperativa restituya plenamente los derechos de los demandantes en un plazo de cinco días, reconociéndolos con todos los privilegios, obligaciones y prerrogativas cooperativistas. De no hacerlo, se procederá a la ejecución forzosa en su contra.  La ejecución forzosa puede implicar el uso de fuerza pública, incluyendo actuarios federales, con apoyo de fuerza policial si fuera necesario, para hacer cumplir la sentencia.
Ojo. La sentencia no sólo corrige un acto ilegal inicial: También reprende la intención posterior de la cooperativa de seguir desconociendo derechos mediante procedimientos internos que no pueden estar por encima de la ley ni sustraerse a la jurisdicción federal. La cooperativa no está en posición de reinterpretar la sentencia; debe cumplirla.
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